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¿Ingeniero a 40 horas? El RD 770/2025 libera la contratación del Responsable Técnico de las empresas de protección contra incendios

Marzo 2026·PCI y normativa sectorial

El fin de la 'plantilla obligatoria' a jornada completa para Ingenieros PCI.

Desde la entrada en vigor del anterior RD 298/2021, las empresas habilitadas en seguridad industrial sufrían una interpretación rígida: debían contar con el profesional habilitado en plantilla a jornada completa. El nuevo Real Decreto 770/2025, de 2 de septiembre, revierte esta situación para alinear nuestra seguridad industrial con la normativa europea de libre prestación de servicios.

¿Cómo cambia el régimen de contratación del Responsable Técnico?

La modificación del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) es ahora explícita. Para cumplir con el requisito de contar con una persona técnica titulada universitaria (Responsable Técnico), ya no es imperativo el contrato laboral estándar de 40 horas:

  1. Cualquier modalidad legal: Se entiende satisfecho el requisito cuando el personal está vinculado por cualquiera de las modalidades contractuales permitidas en derecho (incluyendo contratos a tiempo parcial o colaboraciones mercantiles).
  2. Dedicación proporcional: La empresa debe contar con personal en número suficiente y durante el tiempo necesario para atender las instalaciones contratadas en condiciones de seguridad.
  3. Polivalencia: La figura del Responsable Técnico y la del operario cualificado pueden recaer en la misma persona, si cumple ambos requisitos.

Concepto

Escenario Anterior                  (RD 298/2021)

Escenario Actual                           (RD 770/2025)

Vinculación del Ingeniero

Obligatoriamente en plantilla.

Cualquier modalidad legal (cuenta ajena, autónomo, etc.).

Jornada Laboral

Jornada completa obligatoria.

Dedicación proporcional al volumen de trabajo.

Tiempo de Permanencia

Durante todo el tiempo de actividad.

El tiempo necesario para atender las instalaciones.

Polivalencia del Perfil

Figuras de Responsable y Operario separadas.

Pueden recaer en la misma persona si cumple requisitos.

Criterio de Inspección

Basado en el contrato de 40h.

Basado en la seguridad y número suficiente de medios.

¿...?

Este cambio en el RIPCI es tan drástico y beneficioso que incluso empresas  certificadas en ISO 9001 lo están pasando por alto por falta de una vigilancia legislativa real. No permitas que una interpretación obsoleta de la norma lastre la rentabilidad de tu negocio.

La legislación empresarial e industrial evoluciona, y cuando lo hace a favor de la pyme como ocurre con el RD 770/2025, tu empresa no puede permitirse llegar tarde. En Ego Consultoría transformamos la complejidad del BOE en ahorro operativo y seguridad jurídica. Si nadie te ha avisado de que ya no necesitas un ingeniero a jornada completa para cumplir con el reglamento, es hora de cambiar a una consultoría con criterio técnico y visión real de negocio. ¿No crees?

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